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W-02ORPZ – este es el ID de la propiedad, pide a un agente que lo solicite.
David Duran
EV MMC Spain, S.L.U.
Habitaciones
4Dormitorios
4Baños
3Superficie terraza
60 m²Superficie habitable
365 m²Superficie total
365 m²Garajes
1Plazas de aparcamiento
1Año de construcción
1990Certificado energético disponible
En progresoFuente de energía
Calefacción de gas, Calefacción por suelo radianteLa casa que tanto deseo se encuentra ubicada en una de las mejores zonas centro de Gavá, municipio del Baix Llobregat. A dos minutos en coche de la C-32 que nos dará la posibilidad de llegar a Barcelona o Sitges en apenas quince minutos. La misma vía nos llevara al aeropuerto internacional de Barcelona, situado a tan solo cinco km. Podremos disfrutar de las mejores playas de Gavà y Castelldefels, a menos de cinco minutos en coche. Sin olvidar los bonitos paseos por el litoral, degustar los mejores platos de la cocina mediterránea gracias a su rica oferta gastronómica. Los amantes de los deportes acuáticos se sentirán como pez en el agua, la oferta es amplia y variada, Puerto Deportivo, escuelas de vela, Surf, etc. Lugar tranquilo y agradable, en un estupendo vecindario desde el cual tenemos acceso a todos los servicios, transporte publico ferroviario, bus, taxi, hospitales, supermercados, zona comercial, colegios internacionales, todo ello a menos de diez minutos de su casa.
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Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos, incluidas las medidas, tienen carácter meramente orientativo. A efectos de comprobar las superficies, así como las circunstancias físicas y jurídicas del inmueble y de la transacción la Agencia recomienda acudir a un profesional competente independiente. El precio no incluye gastos ni impuestos. Corresponde al comprador el derecho a elegir notario y el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de edificaciones (obra nueva) el IVA y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de edificaciones el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.