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W-02QS2I – este es el ID de la propiedad, pide a un agente que lo solicite.
Joan Enric de Caralt Robira
EV MMC Spain, S.L.U.
Habitaciones
4Dormitorios
4Baños
2Superficie habitable
326 m²Superficie total
326 m²Superficie de la parcela
235 m²Condición
Muy buenoGarajes
6Año de construcción
1966Certificado energético disponible
SíPineda de Mar es un municipio de la comarca del Maresme, se encuentra a 26 km de Mataró (Capital de la Comarca) que cuenta con todos los servicios próximos necesarios, públicos y privados, buena comunicación en tren entre todas las poblaciones colindantes. Situada a 75km del aeropuerto de Barcelona y a 36 km del aeropuerto de Girona. El pueblo de Pineda de Mar se convierte en un auténtico pueblo de la mediterránea con tradición marinera. De claro clima mediterráneo, las brisas marinas que se reflejan en las montañas templan los calurosos veranos y calientan los suaves inviernos, consiguiendo un clima perfecto durante todo el año, para disfrutar de la familia, de la naturaleza y de las tradiciones más populares. La playa más larga del Maresme, un clima benigno y una variedad oferta de alojamiento hacen Pineda de Mar un destino ideal para pasar unas vacaciones inolvidables. La proximidad y la buena comunicación facilitan su visita con comodidad. Pineda de mar disfruta de la marca, Destino de Turismo Familiar, gracias a una amplia oferta de ocio y entretenimiento para familias.
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Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos incluidas las medidas tienen carácter meramente orientativo. A efectos de comprobar las superficies, así como las circunstancias jurídicas de la compraventa la Agencia recomienda acudir a un profesional competente independiente. El precio no incluye gastos ni impuestos. Corresponde al comprador el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de viviendas (obra nueva) el IVA y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de viviendas (viviendas de segunda mano) el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.