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Sant Cugat del Vallès, Cataluña
Soleado terreno en Can Matas
Precio
1.200.000 €
Engel & Volkers les presente este soleado terreno en Can Matas de 1.062 m2, con licencia aprobada por el Ayuntamiento de Sant Cugat. Se trata de una parcela plana. Se permite la edificación de una vivienda unifamiliar a 4 vientos de 550 m2. aproximadamente. La calificación es de 20 a 10. El terreno dispone de todos los servicios (agua, luz, gas) y está próximo a la estación de ferrocarril y centro comercial de Mirasol. Una zona inmejorable tanto en comunicaciones como servicios.
Tipo de propiedad
Otros
Superficie de la parcela
1062 m²
Este terreno está situado en la zona residencial Bell Indret, al lado de la estación de Mirasol y en la urbanización más conocida como Can Mates o Parc Central II. La situación ideal de la vivienda nos permite disfrutar de la mayor zona verde de nuestra ciudad, con un parque con más de 72.000m2 lleno de diferentes variedades vegetales, con amplias extensiones de césped, juegos infantiles y carriles bici para disfrutar de los paseos, el deporte o el relax en una zona privilegiada a sólo 2 minutos caminando de la estación de Mirasol. También se encuentra un mercado de productos frescos, tiendas, bares, restaurante y todo tipo de servicios en este centro comercial. El emplazamiento está ubicado a un punto clave muy cerca de las autopistas para acceder a pocos minutos al centro de Barcelona. También está cerca de las autopistas C-16 y AP-7 de buena comunicación con la costa de Girona y de Tarragona o para ir hacia la Cerdaña.
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Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos, incluidas las medidas, tienen carácter meramente orientativo. A efectos de comprobar las superficies, así como las circunstancias físicas y jurídicas del inmueble y de la transacción la Agencia recomienda acudir a un profesional competente independiente. El precio no incluye gastos ni impuestos. Corresponde al comprador el derecho a elegir notario y el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de edificaciones (obra nueva) el IVA y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de edificaciones el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.