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W-02WIYA – este es el ID de la propiedad, pide a un agente que lo solicite.
Carlos Cossio
EV MMC Spain, S.L.U.
Habitaciones
5Dormitorios
5Baños
2Superficie terraza
4 m²Superficie habitable
241 m²Superficie total
241 m²Año de construcción
1900Certificado energético disponible
SíLocalizado en una de las calles más emblemáticas del Casco Antiguo de Barcelona, La vivienda está situada en el corazón del Barrio Gótico de Barcelona y a pocos pasos del puerto Condal. El Barrio Gótico es uno de los barrios más icónicos y carismáticos de la capital catalana, con gran cantidad de museos, tiendas y restaurantes donde se puede disfrutar la dinámica vida del barrio. Las múltiples facetas del barrio nos permiten disfrutar de gran cantidad de atracciones, tales como edificios religiosos como la Catedral de Barcelona o la Iglesia del Pi, zonas comerciales como Portal de l'Àngel o Portaferrissa, centros de referencia cultural como l'Ateneu Barcelonés y lugares con historia como el Templo romano de Augusto, 'Els 4 Gats' o la Plaça de Sant Jaume. De esta manera el Barrio Gótico se convierte en el centro neurálgico, comercial, cultural y turístico de la ciudad de Barcelona sin dejar de ser lo que siempre ha sido, el barrio más antiguo y con más historia de la ciudad de Barcelona.
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Avda. Diagonal 640, 6a planta, 08017, Barcelona
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Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos, incluidas las medidas, tienen carácter meramente orientativo. A efectos de comprobar las superficies, así como las circunstancias físicas y jurídicas del inmueble y de la transacción la Agencia recomienda acudir a un profesional competente independiente. El precio no incluye gastos ni impuestos. Corresponde al comprador el derecho a elegir notario y el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de edificaciones (obra nueva) el IVA y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de edificaciones el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.