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Carcaixent, Comunidad Valenciana
Ático con techo abuhardillado en Carcaixent
Precio
100.000 €
Presentamos este precioso inmueble para desarrollar en él la vivienda ideal y personalizada del cliente comprador. Edificio del año 1921 compuesto de planta baja, primera planta destinada a vivienda y segunda planta con terraza también destinada a vivienda. Esta segunda altura o ático, está dividida en dos partes o dos niveles separados por cuatro escalones. Techos de gran altura, mucha luz natural y el encanto de las casas antiguas de la época. Se vende en su estado actual para que sea el cliente quien desarrolle en su interior el proyecto que más se adapte a su estilo de vida. Se muestra con una idea de distribución para poder visualizar las posibilidades del inmueble, acompañado por unas infografías a color.
Tu asesor: Sonia Gimeno Cortell
ID de la propiedad: W-02M5XO
Tipo de propiedad
Piso
Condición
Necesidades de rehabilitación
Habitaciones
1
Dormitorios
1
Baños
1
Piso
2
Número de pisos
2
Superficie total
125 m²
Superficie habitable
125 m²
Año de construcción
1921
Certificado energético disponible
No
La ubicación de este inmueble es casi insuperable, al encontrarse en medio del esqueleto principal de la ciudad de Carcaixent. Todos los servicios públicos y privados de la ciudad, restaurantes, mercado municipal, ayuntamiento, bancos, colegios, zonas de ocio, y un largo etcétera, se encuentran a escasos metros del edificio. Una oportunidad única de vivir en pleno centro y en una vivienda de características únicas.
Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada. Los datos, incluidas las medidas, son orientativos. Para comprobar las superficies, las circunstancias físicas y jurídicas del inmueble y de la transacción recomendamos acudir a un profesional competente independiente. El precio no incluye gastos, impuestos y honorarios de la Agencia a pagar por el comprador. Corresponde al vendedor el derecho a elegir notario. En particular, corresponde al Comprador el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de edificaciones (obra nueva) el IVA y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de edificaciones el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.